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Fianza de alquiler en Aragón: plazo y dónde depositarla

Revisado en octubre de 2026 · A partir de fuentes oficiales

En Aragón, la fianza del alquiler se deposita en la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón en un plazo de 2 meses desde la firma del contrato, con el formulario de depósito de la aplicación WFIA.

Lo esencial

¿Hay que depositarla?
Sí
Organismo
Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón (subdirecciones provinciales)
Plazo
2 meses desde la firma del contrato
Formulario
Depósito de fianzas, régimen general (app WFIA)
Pago
Con tarjeta, con cargo en cuenta (accediendo con certificado) o con carta de pago (modelo 590) en el banco.
Devolución
Se solicita en la misma aplicación (WFIA). Se devuelve en 15 días desde la solicitud (Ley 10/1992, art. 9).
Si se deposita tarde
No hay recargo porcentual; no depositar el importe correcto es infracción grave, con multa de 301 a 3.000 € (Ley 10/1992, arts. 18.2.a y 19.2).
Norma
Ley 10/1992, art. 9.1

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para depositar la fianza en Aragón?

2 meses desde la firma del contrato, con el formulario de depósito de la aplicación WFIA.

¿Dónde se deposita la fianza en Aragón?

En la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón. Con tarjeta, con cargo en cuenta (accediendo con certificado) o con carta de pago (modelo 590) en el banco.

¿Qué pasa si la fianza se deposita tarde en Aragón?

No hay recargo porcentual; no depositar el importe correcto es infracción grave, con multa de 301 a 3.000 € (Ley 10/1992, arts. 18.2.a y 19.2).

¿Cómo se recupera la fianza al terminar el contrato?

Se solicita en la misma aplicación (WFIA). Se devuelve en 15 días desde la solicitud (Ley 10/1992, art. 9). Al inquilino hay que devolvérsela en el mes siguiente a la entrega de llaves; después devenga el interés legal (LAU, art. 36.4).

¿Cuánto es la fianza?

Un mes de renta en el alquiler de vivienda y dos meses en el de uso distinto, como el de temporada (LAU, art. 36.1). La garantía adicional, si la hay, no se deposita en ningún organismo y en vivienda no puede superar dos meses (art. 36.5).

En toda España

  • La fianza legal es de 1 mes de renta en vivienda y 2 meses en uso distinto (LAU art. 36.1).
  • La garantía adicional no se deposita en el organismo, y en vivienda tiene un máximo de 2 meses (LAU art. 36.5).
  • Al terminar el contrato hay un mes para devolver la fianza; después devenga el interés legal (LAU art. 36.4).
  • Guarda el justificante del depósito con el contrato: lo pedirán para recuperarla.

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Calcula el plazo al firmar, te avisa antes de que venza, te deja la ficha lista para el formulario oficial y lee el justificante. Y Ana contesta a tus inquilinos por WhatsApp.

Fuentes oficiales

Información general revisada en octubre de 2026; no es asesoramiento legal. Confirma con el organismo de tu comunidad antes de presentar.

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