Fianza de alquiler en Melilla: plazo y dónde depositarla
Revisado en octubre de 2026 · A partir de fuentes oficiales
En Melilla, la fianza del alquiler se deposita en la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla (EMVISMESA) en un plazo de 15 días hábiles desde la firma o el inicio del contrato, lo que ocurra antes, presencialmente (no hay trámite online).
Lo esencial
- ¿Hay que depositarla?
- Sí
- Organismo
- Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla (EMVISMESA)
- Plazo
- 15 días hábiles desde la firma o el inicio del contrato, lo que ocurra antes
- Pago
- En efectivo o por transferencia a la cuenta de EMVISMESA en Unicaja; después se entregan el justificante y los documentos en la ventanilla de fianzas. No hay trámite online.
- Devolución
- Declaración jurada en EMVISMESA. Si no se devuelve en un mes desde la solicitud, devenga interés legal.
- Si se deposita tarde
- Depósito tardío voluntario: recargo del 10 % (Ordenanza de fianzas, art. 12).
- Norma
- Ordenanza de depósito de fianzas (BOME 3743, 30/01/2001), art. 6.1
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para depositar la fianza en Melilla?
15 días hábiles desde la firma o el inicio del contrato, lo que ocurra antes, presencialmente (no hay trámite online).
¿Dónde se deposita la fianza en Melilla?
En la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla (EMVISMESA). En efectivo o por transferencia a la cuenta de EMVISMESA en Unicaja; después se entregan el justificante y los documentos en la ventanilla de fianzas. No hay trámite online.
¿Qué pasa si la fianza se deposita tarde en Melilla?
Depósito tardío voluntario: recargo del 10 % (Ordenanza de fianzas, art. 12).
¿Cómo se recupera la fianza al terminar el contrato?
Declaración jurada en EMVISMESA. Si no se devuelve en un mes desde la solicitud, devenga interés legal. Al inquilino hay que devolvérsela en el mes siguiente a la entrega de llaves; después devenga el interés legal (LAU, art. 36.4).
¿Cuánto es la fianza?
Un mes de renta en el alquiler de vivienda y dos meses en el de uso distinto, como el de temporada (LAU, art. 36.1). La garantía adicional, si la hay, no se deposita en ningún organismo y en vivienda no puede superar dos meses (art. 36.5).
En toda España
- La fianza legal es de 1 mes de renta en vivienda y 2 meses en uso distinto (LAU art. 36.1).
- La garantía adicional no se deposita en el organismo, y en vivienda tiene un máximo de 2 meses (LAU art. 36.5).
- Al terminar el contrato hay un mes para devolver la fianza; después devenga el interés legal (LAU art. 36.4).
- Guarda el justificante del depósito con el contrato: lo pedirán para recuperarla.
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Fuentes oficiales
- https://emvismesa.es/wp-content/uploads/2023/03/BOME-A-2001-148_Ordenanza_Fianzas_Emvismesa.pdf
- https://emvismesa.es/wp-content/uploads/2022/06/IMPRESO-TRAMITACION-DE-FIANZAS-DE-INMUEBLES.pdf
- https://emvismesa.es/fianzas-de-inmuebles/
Información general revisada en octubre de 2026; no es asesoramiento legal. Confirma con el organismo de tu comunidad antes de presentar.