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Fianza de alquiler en Cantabria: ¿hay que depositarla?

Revisado en octubre de 2026 · A partir de fuentes oficiales

En Cantabria, no se deposita en contratos firmados desde el 01/01/2018: la fianza la guarda el arrendador o la agencia.

Lo esencial

¿Hay que depositarla?
No (contratos actuales)
Plazo
No se deposita en contratos firmados desde el 01/01/2018
Devolución
Fianzas depositadas antes de 2018: se devuelven al terminar el contrato, a través del Servicio de Pagos del Gobierno de Cantabria (con el Modelo 046).
Norma
Ley de Cantabria 9/2017, art. 16

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para depositar la fianza en Cantabria?

En Cantabria, no se deposita en contratos firmados desde el 01/01/2018: la fianza la guarda el arrendador o la agencia.

¿Cuánto es la fianza?

Un mes de renta en el alquiler de vivienda y dos meses en el de uso distinto, como el de temporada (LAU, art. 36.1). La garantía adicional, si la hay, no se deposita en ningún organismo y en vivienda no puede superar dos meses (art. 36.5).

En toda España

  • La fianza legal es de 1 mes de renta en vivienda y 2 meses en uso distinto (LAU art. 36.1).
  • La garantía adicional no se deposita en el organismo, y en vivienda tiene un máximo de 2 meses (LAU art. 36.5).
  • Al terminar el contrato hay un mes para devolver la fianza; después devenga el interés legal (LAU art. 36.4).
  • Guarda el justificante del depósito con el contrato: lo pedirán para recuperarla.

Eon lleva este plazo por ti, contrato a contrato.

Calcula el plazo al firmar, te avisa antes de que venza, te deja la ficha lista para el formulario oficial y lee el justificante. Y Ana contesta a tus inquilinos por WhatsApp.

Fuentes oficiales

Información general revisada en octubre de 2026; no es asesoramiento legal. Confirma con el organismo de tu comunidad antes de presentar.

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