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Fianza de alquiler en Cataluña: plazo y dónde depositarla

Revisado en octubre de 2026 · A partir de fuentes oficiales

En Cataluña, la fianza del alquiler se deposita en el Institut Català del Sòl (INCASÒL) en un plazo de 2 meses desde la firma del contrato, con el Model 2. Los profesionales y las empresas necesitan certificado digital. Quien gestiona muchas fianzas puede acogerse al règim de concert, con una liquidación trimestral.

Lo esencial

¿Hay que depositarla?
Sí
Organismo
Institut Català del Sòl (INCASÒL)
Plazo
2 meses desde la firma del contrato
Formulario
Model 2 – Dipòsit de fiança
Pago
En el mismo trámite del Model 2 o después: online con CaixaBank, Banc Sabadell, BBVA o tarjeta de cualquier banco; o en oficinas y cajeros de esas entidades.
Devolución
Model 3. INCASÒL la devuelve en un máximo de 21 días, por transferencia (Decret 147/1997, art. 13.3).
Si se deposita tarde
Recargo del 5 %, 10 % o 15 % con hasta 3, 6 o 12 meses de retraso; 20 % más intereses después; 25 % si ya hubo requerimiento; máximo 1.500 € (Llei 13/1996, art. 12 bis).
Norma
Llei 13/1996, art. 3.1

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para depositar la fianza en Cataluña?

2 meses desde la firma del contrato, con el Model 2. Los profesionales y las empresas necesitan certificado digital. Quien gestiona muchas fianzas puede acogerse al règim de concert, con una liquidación trimestral.

¿Dónde se deposita la fianza en Cataluña?

En el Institut Català del Sòl (INCASÒL). En el mismo trámite del Model 2 o después: online con CaixaBank, Banc Sabadell, BBVA o tarjeta de cualquier banco; o en oficinas y cajeros de esas entidades.

¿Qué pasa si la fianza se deposita tarde en Cataluña?

Recargo del 5 %, 10 % o 15 % con hasta 3, 6 o 12 meses de retraso; 20 % más intereses después; 25 % si ya hubo requerimiento; máximo 1.500 € (Llei 13/1996, art. 12 bis).

¿Cómo se recupera la fianza al terminar el contrato?

Model 3. INCASÒL la devuelve en un máximo de 21 días, por transferencia (Decret 147/1997, art. 13.3). Al inquilino hay que devolvérsela en el mes siguiente a la entrega de llaves; después devenga el interés legal (LAU, art. 36.4).

¿Cuánto es la fianza?

Un mes de renta en el alquiler de vivienda y dos meses en el de uso distinto, como el de temporada (LAU, art. 36.1). La garantía adicional, si la hay, no se deposita en ningún organismo y en vivienda no puede superar dos meses (art. 36.5).

En toda España

  • La fianza legal es de 1 mes de renta en vivienda y 2 meses en uso distinto (LAU art. 36.1).
  • La garantía adicional no se deposita en el organismo, y en vivienda tiene un máximo de 2 meses (LAU art. 36.5).
  • Al terminar el contrato hay un mes para devolver la fianza; después devenga el interés legal (LAU art. 36.4).
  • Guarda el justificante del depósito con el contrato: lo pedirán para recuperarla.

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Calcula el plazo al firmar, te avisa antes de que venza, te deja la ficha lista para el formulario oficial y lee el justificante. Y Ana contesta a tus inquilinos por WhatsApp.

Fuentes oficiales

Información general revisada en octubre de 2026; no es asesoramiento legal. Confirma con el organismo de tu comunidad antes de presentar.

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