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Fianza de alquiler en el País Vasco: plazo y dónde depositarla

Revisado en octubre de 2026 · A partir de fuentes oficiales

En el País Vasco, la fianza del alquiler se deposita en las Delegaciones Territoriales de Vivienda del Gobierno Vasco (servicio Bizilagun) en un plazo de 1 mes desde la firma del contrato, con el procedimiento 1033701 de Bizilagun. En vivienda protegida, el plazo cuenta desde el visado del contrato.

Lo esencial

¿Hay que depositarla?
Sí
Organismo
Gobierno Vasco, Delegaciones Territoriales de Vivienda (servicio Bizilagun)
Plazo
1 mes desde la firma del contrato
Formulario
Depósito de fianza e inscripción en el Registro de Contratos (1033701)
Pago
En el mismo trámite: imprimir la liquidación y pagar en el banco, o pagar online con la pasarela Mi Pago (tarjeta o banca online).
Devolución
Procedimiento 1033703. Se devuelve en un máximo de 3 meses, por transferencia (Ley 3/2015, art. 54.7).
Si se deposita tarde
Recargo del 2 % si se deposita tarde sin requerimiento; del 10 % tras un requerimiento (Ley 3/2015, art. 54.6).
Norma
Decreto 42/2016, art. 8 (Ley 3/2015, art. 54)

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para depositar la fianza en el País Vasco?

1 mes desde la firma del contrato, con el procedimiento 1033701 de Bizilagun. En vivienda protegida, el plazo cuenta desde el visado del contrato.

¿Dónde se deposita la fianza en el País Vasco?

En las Delegaciones Territoriales de Vivienda del Gobierno Vasco (servicio Bizilagun). En el mismo trámite: imprimir la liquidación y pagar en el banco, o pagar online con la pasarela Mi Pago (tarjeta o banca online).

¿Qué pasa si la fianza se deposita tarde en el País Vasco?

Recargo del 2 % si se deposita tarde sin requerimiento; del 10 % tras un requerimiento (Ley 3/2015, art. 54.6).

¿Cómo se recupera la fianza al terminar el contrato?

Procedimiento 1033703. Se devuelve en un máximo de 3 meses, por transferencia (Ley 3/2015, art. 54.7). Al inquilino hay que devolvérsela en el mes siguiente a la entrega de llaves; después devenga el interés legal (LAU, art. 36.4).

¿Cuánto es la fianza?

Un mes de renta en el alquiler de vivienda y dos meses en el de uso distinto, como el de temporada (LAU, art. 36.1). La garantía adicional, si la hay, no se deposita en ningún organismo y en vivienda no puede superar dos meses (art. 36.5).

En toda España

  • La fianza legal es de 1 mes de renta en vivienda y 2 meses en uso distinto (LAU art. 36.1).
  • La garantía adicional no se deposita en el organismo, y en vivienda tiene un máximo de 2 meses (LAU art. 36.5).
  • Al terminar el contrato hay un mes para devolver la fianza; después devenga el interés legal (LAU art. 36.4).
  • Guarda el justificante del depósito con el contrato: lo pedirán para recuperarla.

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Calcula el plazo al firmar, te avisa antes de que venza, te deja la ficha lista para el formulario oficial y lee el justificante. Y Ana contesta a tus inquilinos por WhatsApp.

Fuentes oficiales

Información general revisada en octubre de 2026; no es asesoramiento legal. Confirma con el organismo de tu comunidad antes de presentar.

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